RIF OBLIGATORIO EN PUBLICIDAD DE REDES SOCIALES Y MEDIOS MASIVOS

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) oficializó, mediante su publicación en Gaceta Oficial, una nueva normativa que establece la obligatoriedad de mostrar el número de Registro de Información Fiscal (RIF) en toda publicidad difundida en medios de comunicación masivos y plataformas digitales como Instagram y Facebook.

La medida aplica tanto a comercios que promocionen sus productos y servicios como a agencias del sector publicitario. La resolución estipula que el código tributario debe mantener un formato visible y claro dentro de los artes gráficos y contenidos audiovisuales para facilitar la identificación y verificación del contribuyente.

Esta disposición coincide con la reciente eliminación de la fecha de vencimiento del RIF, una reforma orientada a simplificar trámites tributarios y reforzar la regularización de las actividades comerciales en los entornos digitales del p

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