
«JUEZ DE PAZ RESOLVERÁ LAS PEQUEÑAS CAUSAS»
EL abogado, ex diputado regional, Freddy Contreras, sostiene que es fundamental «leer y estudiar la Ley de justicia de paz comunal» para entender sus fines, objetivos y propósitos.
«Se trata de una jurisdicción muy especial, pendiente de ejecutar desde hace más de 30 años, cuando se dictó la primera ley de justicia de paz asignada al Poder municipal, que fue ‘incapaz de ponerla en práctica’ por la ignorancia que siempre ha rodeado al poder local, en el ejercicio de sus competencias».
Dijo que la nueva ley está llamada a «generar una transformación de la administración de justicia», puntualmente en resolver las «pequeñas causas» que «nunca han sido atendidas correctamente por el Poder judicial ordinario».
En ese contexto, según Contreras, el juez de paz no será funcionario judicial y por tanto, no recibirá salario y en consecuencia, «no habrá relación laboral con prestaciones y otras incidencias derivadas de aquella».
«Todo indica que será una especie de voluntariado judicial comunal con alguna retribución (dieta, bono, aporte, etc) sin connotación salarial».
Afirma que se trata entonces de un original experimento institucional que pretendes, «saldar la deuda que el Estado de justicia tiene pendiente con el pueblo».
Augusto Medina
CNP 6103